Recomendaciones de la Comisión Presidencial de Integridad
Este interactivo permite efectuar un seguimiento a la implementación de las cien recomendaciones formuladas por la Comisión Presidencial de Integridad. Para una mejor visualización, la información se puede desplegar siguiendo los siguientes criterios: (i) capítulo del informe de la CPI; (ii) entidad responsable de implementar la recomendación; (iii) estado de la implementación (plenamente implementada, parcialmente implementada, o pendiente de implementación). Esta información será actualizada en forma permanente.
10. Código de Conducta para servidores, con base en el Manual Nacional sobre Principios, Deberes y Prohibiciones Éticas de la Función Pública, desarrollado por la CAN.
10.Tomando como base el Manual Nacional sobre Principios, Deberes y Prohibiciones Éticas de la Función Pública, desarrollado por la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), cada entidad deberá elaborar un Código de Conducta para sus servidores de acuerdo con las funciones que le corresponda.
10. Código de Conducta para servidores, con base en el Manual Nacional sobre Principios, Deberes y Prohibiciones Éticas de la Función Pública, desarrollado por la CAN.
10.Tomando como base el Manual Nacional sobre Principios, Deberes y Prohibiciones Éticas de la Función Pública, desarrollado por la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), cada entidad deberá elaborar un Código de Conducta para sus servidores de acuerdo con las funciones que le corresponda.
13. Programa de recompensas a denunciantes de actos de corrupción en el sector público.
13.Crear un programa de recompensas que otorgue incentivos monetarios a quienes denuncien actos de corrupción en el sector público, que proporcionen información útil y no conocida por las autoridades, y que resulte en la aplicación de sanciones por actos de corrupción. Los denunciantes deberán contar con un régimen efectivo de protección.
14. Programas y campañas de integridad y lucha contra la corrupción (medios de comunicación del Estado y privados).
14. Los medios de comunicación del Estado - en coordinación con los medios privados que libremente lo consideren- organizarán y desarrollarán programas y campañas que pongan en valor la importancia de una cultura ciudadana que sustente las prácticas de integridad y la lucha contra la corrupción.
16. Prohibiciones complementarias a medidas vigentes para evitar conflictos de interés de exfuncionarios.
16.Complementar las medidas vigentes para evitar los conflictos de interés, en los siguientes términos:
- Establecer la obligación de los funcionarios que, por su posición, hayan tenido acceso a información privilegiada, de suscribir convenios de confidencialidad prohibiendo el uso o divulgación de dicha información, bajo responsabilidad.
- Establecer que los exfuncionarios no puedan llevar a cabo actos de gestión de intereses en cualquier entidad pública por el plazo de un año.
17. Publicación efectiva de agendas oficiales de altos funcionarios en portales web.
17.Asegurar la efectiva publicación de las agendas oficiales de los altos funcionarios de las entidades del Estado en el portal web del organismo correspondiente.
17. Publicación efectiva de agendas oficiales de altos funcionarios en portales web.
17.Asegurar la efectiva publicación de las agendas oficiales de los altos funcionarios de las entidades del Estado en el portal web del organismo correspondiente.
17. Publicación efectiva de agendas oficiales de altos funcionarios en portales web.
17.Asegurar la efectiva publicación de las agendas oficiales de los altos funcionarios de las entidades del Estado en el portal web del organismo correspondiente.
17. Publicación efectiva de agendas oficiales de altos funcionarios en portales web.
17.Asegurar la efectiva publicación de las agendas oficiales de los altos funcionarios de las entidades del Estado en el portal web del organismo correspondiente.
17. Publicación efectiva de agendas oficiales de altos funcionarios en portales web.
17.Asegurar la efectiva publicación de las agendas oficiales de los altos funcionarios de las entidades del Estado en el portal web del organismo correspondiente.
17. Publicación efectiva de agendas oficiales de altos funcionarios en portales web.
17.Asegurar la efectiva publicación de las agendas oficiales de los altos funcionarios de las entidades del Estado en el portal web del organismo correspondiente.
22. Información desagregada de contrataciones por proveedor en los últimos cinco años en el Registro Nacional de Proveedores.
22.Disponer que el Registro Nacional de Proveedores incluya información desagregada de las contrataciones de bienes, servicios y obras que el proveedor haya realizado con el Estado en los últimos cinco años, así como las del año corriente.
23. Publicación anual (en web) de datos agregados de contrataciones de cada entidad (OSCE).
23.Establecer que el OSCE publique anualmente en su página web, en formato accesible, los datos agregados por tipos de procesos (adjudicaciones de menor cuantía, subastas inversas, convenios marco, entre otros) y cantidades que ejecuta cada entidad en materia de contrataciones de bienes, servicios y obras públicas.