Recomendaciones de la Comisión Presidencial de Integridad
Este interactivo permite efectuar un seguimiento a la implementación de las cien recomendaciones formuladas por la Comisión Presidencial de Integridad. Para una mejor visualización, la información se puede desplegar siguiendo los siguientes criterios: (i) capítulo del informe de la CPI; (ii) entidad responsable de implementar la recomendación; (iii) estado de la implementación (plenamente implementada, parcialmente implementada, o pendiente de implementación). Esta información será actualizada en forma permanente.
26. Participación en estandarización de productos dirigido por Perú Compras, en plazo máximo de dos años.
26.Todas las entidades públicas, de los tres niveles de gobierno, deben participar en el proceso de estandarización de productos dirigido por Perú Compras, para que en el plazo máximo de dos años se haya logrado estandarizar la mayoría de productos de consumo regular de todas las entidades, con la finalidad de favorecer la utilización del mecanismo de compras corporativas.
26. Participación en estandarización de productos dirigido por Perú Compras, en plazo máximo de dos años.
26.Todas las entidades públicas, de los tres niveles de gobierno, deben participar en el proceso de estandarización de productos dirigido por Perú Compras, para que en el plazo máximo de dos años se haya logrado estandarizar la mayoría de productos de consumo regular de todas las entidades, con la finalidad de favorecer la utilización del mecanismo de compras corporativas.
26. Participación en estandarización de productos dirigido por Perú Compras, en plazo máximo de dos años.
26.Todas las entidades públicas, de los tres niveles de gobierno, deben participar en el proceso de estandarización de productos dirigido por Perú Compras, para que en el plazo máximo de dos años se haya logrado estandarizar la mayoría de productos de consumo regular de todas las entidades, con la finalidad de favorecer la utilización del mecanismo de compras corporativas.
26. Participación en estandarización de productos dirigido por Perú Compras, en plazo máximo de dos años.
26.Todas las entidades públicas, de los tres niveles de gobierno, deben participar en el proceso de estandarización de productos dirigido por Perú Compras, para que en el plazo máximo de dos años se haya logrado estandarizar la mayoría de productos de consumo regular de todas las entidades, con la finalidad de favorecer la utilización del mecanismo de compras corporativas.
26. Participación en estandarización de productos dirigido por Perú Compras, en plazo máximo de dos años.
26.Todas las entidades públicas, de los tres niveles de gobierno, deben participar en el proceso de estandarización de productos dirigido por Perú Compras, para que en el plazo máximo de dos años se haya logrado estandarizar la mayoría de productos de consumo regular de todas las entidades, con la finalidad de favorecer la utilización del mecanismo de compras corporativas.
26. Participación en estandarización de productos dirigido por Perú Compras, en plazo máximo de dos años.
26.Todas las entidades públicas, de los tres niveles de gobierno, deben participar en el proceso de estandarización de productos dirigido por Perú Compras, para que en el plazo máximo de dos años se haya logrado estandarizar la mayoría de productos de consumo regular de todas las entidades, con la finalidad de favorecer la utilización del mecanismo de compras corporativas.
26. Participación en estandarización de productos dirigido por Perú Compras, en plazo máximo de dos años.
26.Todas las entidades públicas, de los tres niveles de gobierno, deben participar en el proceso de estandarización de productos dirigido por Perú Compras, para que en el plazo máximo de dos años se haya logrado estandarizar la mayoría de productos de consumo regular de todas las entidades, con la finalidad de favorecer la utilización del mecanismo de compras corporativas.
27. Información mensual (en web) sobre avance físico y presupuestal de obras públicas contratadas.
27.Establecer, bajo responsabilidad, la obligación de las entidades de informar mensualmente en su página web sobre el avance físico y la ejecución presupuestal de las obras públicas contratadas.
27. Información mensual (en web) sobre avance físico y presupuestal de obras públicas contratadas.
27.Establecer, bajo responsabilidad, la obligación de las entidades de informar mensualmente en su página web sobre el avance físico y la ejecución presupuestal de las obras públicas contratadas.
27. Información mensual (en web) sobre avance físico y presupuestal de obras públicas contratadas.
27.Establecer, bajo responsabilidad, la obligación de las entidades de informar mensualmente en su página web sobre el avance físico y la ejecución presupuestal de las obras públicas contratadas.
27. Información mensual (en web) sobre avance físico y presupuestal de obras públicas contratadas.
27.Establecer, bajo responsabilidad, la obligación de las entidades de informar mensualmente en su página web sobre el avance físico y la ejecución presupuestal de las obras públicas contratadas.
27. Información mensual (en web) sobre avance físico y presupuestal de obras públicas contratadas.
27.Establecer, bajo responsabilidad, la obligación de las entidades de informar mensualmente en su página web sobre el avance físico y la ejecución presupuestal de las obras públicas contratadas.
27. Información mensual (en web) sobre avance físico y presupuestal de obras públicas contratadas.
27.Establecer, bajo responsabilidad, la obligación de las entidades de informar mensualmente en su página web sobre el avance físico y la ejecución presupuestal de las obras públicas contratadas.
27. Información mensual (en web) sobre avance físico y presupuestal de obras públicas contratadas.
27.Establecer, bajo responsabilidad, la obligación de las entidades de informar mensualmente en su página web sobre el avance físico y la ejecución presupuestal de las obras públicas contratadas.
27. Información mensual (en web) sobre avance físico y presupuestal de obras públicas contratadas.
27.Establecer, bajo responsabilidad, la obligación de las entidades de informar mensualmente en su página web sobre el avance físico y la ejecución presupuestal de las obras públicas contratadas.
28. Valor referencial de todo proceso de contratación es público.
28.Disponer que el valor referencial de todos los procesos de contratación de bienes, servicios y obras sea público.
29. Monto máximo anual para adjudicaciones de menor cuantía vinculado a porcentaje de presupuesto de la entidad.
29.Evitar el fraccionamiento indebido de compras estableciendo un monto máximo anüal para las adjudicaciones de menor cuantía que celebre cada entidad, vinculado a un porcentaje máximo de su presupuesto. Los casos que superen estos topes deberán ser autorizados por el titular de la entidad, bajo responsabilidad.
30. Adjudicaciones en modalidad de postor único autorizadas por titular de la entidad.
30.Establecer que las adjudicaciones que se realicen bajo la modalidad de postor único sean necesariamente autorizadas por el titular de la entidad correspondiente en cada caso.