¿Qué carreras se pueden asimilar al ejército del Perú?

22/05/2023 - Actualizado: 21/05/2023

Qué carreras se pueden asimilar al ejército del Perú

Si eres un profesional y tienes vocación para la vida militar, el Ejército del Perú te brinda la oportunidad de ser parte de sus filas a través de la convocatoria al proceso de asimilación.

¿Qué carreras se pueden asimilar al ejército del Perú?

En principio, pueden participar todas las carreras, pero varían en cada convocatoria, dependiente de las necesidades de la institución, por ejemplo, el año pasado se solicitó las siguientes carreras:

  • Enfermería
  • Ingeniería de Sistemas
  • Ingeniería Química
  • Estadística
  • Ingeniería Aeronáutica
  • Ingeniería Ambiental
  • Periodismo
  • Relaciones Públicas
  • Economía
  • Geógrafo
  • Contabilidad
  • Administración de Empresas
  • Medicina
  • Derecho.

¿Cuáles son los requisitos?

El personal civil, militar o policial con título profesional universitario, para ser aceptado como postulante en el proceso de asimilación, deberá reunir los requisitos siguientes:

  • Ser peruano(a) de nacimiento o nacido(a) en el extranjero, siempre que haya sido inscrito(a) en el registro correspondiente durante su minoría de edad.
  • Tener una estatura mínima de: Varones: 1.60 m. Damas: 1.55 m.
  • Tener cumplidos máximo al 31 de diciembre al año anterior al proceso de asimilación:

Para el grado de Capitán asimilado: hasta 34 años de edad.

Para el grado de teniente asimilado: hasta 33 años de edad.

  • Tener título profesional universitario expedido por una universidad del país reconocida por la Superintendencia Nacional de Educación, y/o del extranjero debidamente apostillado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Estar inscrito(a) en el Colegio profesional correspondiente y debidamente habilitado(a).
  • Contar con 1 año de experiencia profesional.
  • Encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles constitucionales (para el caso de personal civil).
  • No encontrarse inhabilitado(a) para ejercer función pública.
  • No tener sanciones de arresto de rigor ni haber sido sancionado con arresto simple por faltas graves o muy graves (para el caso de personal militar o policial).
  • No tener más de 10 días de arresto simple por faltas leves (sólo personal militar y policial).
  • No haber sido separado(a) de ninguna institución o centro de formación militar o policial por medida disciplinaria, insuficiencia profesional o haber sido declarado no apto(a) para la vida militar.
  • No registrar antecedentes penales y/o judiciales; no estar sometido a la justicia en el fuero civil y/o fuero militar ni estar inmerso en proceso de investigación por el sistema de inspectoría de su respectiva institución (para el caso de personal militar y policial).
  • Para el personal militar policial en situación de actividad, tener como mínimo los años de servicio reales y efectivos que dispone la ley para pasar a la situación militar/policial de retiro “a su solicitud” (07 años de servicios reales y efectivos para personal de técnicos y sub oficiales del ejército) y contar con la respectiva autorización de su comando institucional para postular.
  • Cancelar el monto de inscripción establecido.

¿Quiénes se encuentran impedidos de participar en el proceso de asimilación?

Son impedimentos para concursar el encontrarse inmerso en algunas de las causales siguientes:

  • Pertenecer a organizaciones políticas y sindicales.
  • Estar inhabilitado para el desempeño de la función pública.
  • Encontrarse sometido a un proceso judicial penal o encontrarse involucrado en investigación penal ante el Ministerio público.
  • Haber sido sentenciado por delito doloso o culposo.
  • Haber sido dado de baja por medida disciplinaria o insuficiencia profesional de alguna institución armada o de la Policía Nacional del Perú, o separado de cualquier organismo público por causal disciplinaria.
  • Encontrarse casado con personal militar en situación de actividad con status diferente al del oficial.
  • Tener sanciones de arresto de rigor arresto simple por faltas graves o muy graves (sólo personal militar y policial).
  • Tener 10 o más días de arresto simpe por faltas leves (sólo personal militar y policial).
  • No tener el tiempo mínimo de años de servicios reales y efectivos que dispone la ley para pasar a la situación militar/policial de retiro “a su solicitud” (sólo personal militar y policial).
  • Otros impedimentos que sean determinados por la Junta de selección.

¿Con qué grado ingresan los profesionales asimilados al Ejército?

Dependerá de la profesión:

Grado de teniente

Es para farmacia, enfermería, veterinaria, profesores de educación física, ingeniería de sistemas, ingeniería civil, arquitectura, traducción e intérprete, licenciado en historia, bibliotecólogos, ingeniería industrial, geógrafo, contabilidad y economía.

Grado de Capitán

Es para los medicina y derecho.

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Calderón Medrano

Luis Calderón Medrano

Abogado egresado de la facultad de derecho y ciencias políticas de la Universidad Privada de San Martín de Porres del Perú. Tengo una amplia experiencia en asesoría y trámites de expedientes judiciales en las diversas áreas, sobre todo en los campos: CIVIL, REGISTRAL, COMERCIAL, LABORAL, ADMINISTRATIVO Y CONSTITUCIONAL. Tengo amplia experiencia en asesoría y tramitación de documentos administrativos en general ante MUNICIPALIDADES, INDECOPI, OSCE, TRIBUNAL FISCAL Y MINTRA y otros organismos públicos y/o privados.

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    2 Preguntas y Respuestas

  1. Junior dice:

    Y para los de psicología???

    1. x2, tambien tengo esa duda dice:

      x2, tambien tengo esa duda

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