¿Qué es la planilla Electrónica PLAME?

09/02/2023

Qué es la planilla Electrónica PLAME

Para cualquier ciudadano es un tema complejo el cálculo y pago de impuestos. Es común que llegado el momento de organizar los pagos y las planillas necesarias estemos un poco sobrepasados con la situación.

Sin embargo, con un poco de conocimiento y organización previa podrás realizar este trámite sin ningún inconveniente. Aquí te decimos todo lo que necesitas saber sobre la planilla electrónica PLAME y como descargarla de forma cómoda.

¿Qué es la planilla electrónica PLAME?

La planilla electrónica PLAME está creada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria o SUNAT. En dicha planilla se ingresa toda la información pertinente para la declaración de impuesto.

La PLAME está creada para todo empleador, trabajador, pensionista, prestador de servicio, personal en formación, personal de terceros y derechohabientes. Esto hace que el proceso se vuelva más cómodo.

Todo trabajador está obligado a llevar la planilla electrónica PLAME si cumple con estas atenuantes:

  • Tengan uno o más trabajadores a su cargo.
  • Tengan uno o más prestadores de servicios y personal de terceros.
  • Mantenga pagos de pensiones de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia. O cualquier otro parámetro legal a la cual se encuentre sujeto.
  • Tengan a su cargo un personal en formación.
  • Tengan uno o más trabajadores o pensionistas que estén asegurados en el Sistema Nacional de Pensiones.
  • Aquellos que estén obligados a realizar alguna retención de cuarta o quinta categoría.
  • Tengan a su cargo uno o más artistas.
  • Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud u otorguen servicios propios conforme a los dispuestos en la Ley N° 26790.
  • Hubieran suscrito con EsSalud un contrato por SCTR.
  • Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.

¿Cómo obtener la planilla electrónica PLAME?

La planilla electrónica PLAME es una herramienta virtual que facilita el pago de impuestos. Está conformada por dos pasos importantes para realizar con mayor comodidad este trámite.

T-REGISTRO

En este paso se asienta la información laboral, de seguridad social y datos sobre ingresos de todos los beneficiarios. Solo el empleador es el autorizado para ingresar los datos de sus trabajadores en esta fase. Este es el primer proceso o parte de la planilla electrónica y se ingresa los datos de todos los:

  • Trabajadores
  • Pensionistas
  • Derechohabientes
  • Personal de modalidad formativa
  • Personal de terceros
  • Prestadores de servicio

Plazos de registro

Cada empleador tiene un tiempo determinado para registrar los datos necesarios de cada trabajador. Estos tiempos varían según dependa el caso:

  • Registro de alta de trabajador, personal en formación laboral o personal de terceros: se debe realizar durante el primer día de trabajo, sin importar la modalidad de contrato ni días laborados.
  • Registro de alta de pensionista: se realiza el registro durante el primer día hábil del mes siguiente en que se dispuso la primera pensión, sin importar si es provisional o definitiva.
  • Registro de modificación de datos: en un plazo de 5 días hábiles de ocurrido el evento.
  • Registro de baja: al día siguiente de terminadas las prestaciones, de la suspensión o fin de condición de pensionista, o fin de la obligación de hacer aportes a EsSalud, según sea el caso.

Recomendaciones

Se recomienda ingresar el número de cuenta del trabajador y el banco en el cual abonas su remuneración, también ingresa su contacto telefónico y correo electrónico. También debes tener actualizados los datos en el RUC, como domicilio fiscal, nombre o razón social y establecimientos anexos.

Debes verificar toda la información en la carga inicial para la baja, modificación o llenado de datos vacíos. Mientras mantengas un vínculo laboral con algún empleado debes dar de alta en el registro antes del vencimiento o presentación del PLAME.

Programa de Declaración Telemática o PDT

Esta es una herramienta electrónica que permite a una persona natural con o sin empresa elaborar y presentar las declaraciones ante la SUNAT. Dichas declaraciones pueden ser mensuales o anuales. Estas pueden ser:

  • Declaraciones determinativas: IGV-Renta mensual, agentes de retención, otras retenciones, entre otras.
  • Declaraciones informativas: para que envíes a SUNAT información que te exige mediante norma, como aquella enviada con la declaración de notarios, declaración anual de operaciones de terceros, declaración de predios, entre otros.

Plazos para declarar con PDT

Para presentar tus declaraciones de forma mensual respetando los plazos estipulados. Solo debes ingresar en SUNAT Operaciones en línea (SOL), desde “Mis declaraciones y Pagos”. Los plazos establecidos para esto son los siguientes:

  • IGV-Renta Mensual (PDT 621): desde antes de enero 2015 a agosto 2018.
  • Agentes de Retención (PDT 626), agentes de percepción (PDT 633) y percepciones a las ventas internas (PDT 697): desde antes de enero 2016 a abril 2019.

Consideraciones

SUNAT constantemente actualiza las planillas PDT para facilitar el llenado. Aquí puedes descargar e instalar en tu PC. Cuando te encuentres en la sesión activa de PDT presiona F1, esto abrirá el menú de ayuda y te indicará que datos colocar en algunas casillas.

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Calderón Medrano

Luis Calderón Medrano

Abogado egresado de la facultad de derecho y ciencias políticas de la Universidad Privada de San Martín de Porres del Perú. Tengo una amplia experiencia en asesoría y trámites de expedientes judiciales en las diversas áreas, sobre todo en los campos: CIVIL, REGISTRAL, COMERCIAL, LABORAL, ADMINISTRATIVO Y CONSTITUCIONAL. Tengo amplia experiencia en asesoría y tramitación de documentos administrativos en general ante MUNICIPALIDADES, INDECOPI, OSCE, TRIBUNAL FISCAL Y MINTRA y otros organismos públicos y/o privados.

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